La Dignidad No Se Pierde con los Años
Las Lecciones de Atanasio · Entrega Primera
Recuerdo la mañana en que mi hijo, con la mejor de las intenciones y la peor de las torpezas, le habló a mi médico sobre mí como si yo no estuviera presente en la habitación. "Él ya no decide bien", dijo, mirando al doctor y no a mí, como si los ochenta y tres años que llevo vividos me hubieran arrebatado, de un solo golpe, la voz con la que decidí cada paso de mi existencia. Guardé silencio aquella mañana. Ya no lo guardo hoy.
Porque he aprendido, con el peso de los años y con el peso mayor todavía de haber cuidado a mi propio padre en su vejez, que la edad transforma el cuerpo, afina la memoria en unos asuntos y la difumina en otros, pero no despoja a nadie de su capacidad para gobernar su propia vida. Quien decide por mí sin mi consentimiento, aunque lo haga por amor, comete el mismo despojo que el extraño que me arrebata la cartera en la calle. Solo que este despojo duele más, porque viene de quien debía protegerme.
Puerto Rico lo sabe, y lo ha escrito. La Asamblea Legislativa aprobó, en el año 2019, una ley que lleva mi nombre en su espíritu aunque no en su título: la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada. Esa ley no es un adorno en un libro que nadie lee. Es un escudo. Declara, con la solemnidad que merece, que la persona de edad avanzada tiene derecho a la autonomía, a la dignidad, a decidir sobre su propia persona y sus propios bienes, salvo que un tribunal competente, tras el debido proceso que la Constitución exige, determine formalmente lo contrario mediante una declaración de incapacidad. Nadie, ni el hijo más bienintencionado, puede sustituir esa determinación por su propio juicio de sobremesa.
Aquella tarde, cuando mi hijo terminó de hablar, tomé la palabra por primera vez. Le dije que lo amaba, que agradecía su preocupación, y que mientras ningún tribunal dijera lo contrario, la firma que llevaba mi nombre seguiría siendo la única válida sobre mis documentos. No hubo reproche en mi voz. Hubo firmeza. Y la firmeza, cuando se ejerce con serenidad, no rompe el amor familiar. Lo dignifica.
El fundamento
El Artículo 3 de la Ley Núm. 121-2019, conocida como la Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada, reconoce expresamente el derecho de la persona de edad avanzada a la autodeterminación y a la toma de decisiones sobre su propia persona y patrimonio. El Código Civil de Puerto Rico de 2020, en su Libro Primero, establece que la capacidad jurídica de toda persona se presume, y que su restricción solo procede mediante determinación judicial fundamentada, con las garantías del debido proceso de ley.
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Esta reflexión forma parte de La Biblia del Cuidado del Adulto Mayor, la obra en la que Atanasio Solari narra, en primera persona, su travesía por la vejez, la enfermedad, el cuidado familiar y la dignidad hasta el último día. Disponible en la Tienda de este portal.
Las Lecciones de Atanasio es una publicación literaria de Soluciones Legales Inc. Los relatos aquí compartidos son de naturaleza ficticia e inspiracional; el fundamento jurídico que los acompaña es real, verificable y vigente al momento de su publicación. Esta sección no constituye asesoramiento legal individualizado ni crea relación de abogado y cliente.
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